sábado, 19 de diciembre de 2009

CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD

El Certificado de Discapacidad otorgado por la autoridad competente brinda la cobertura de las Leyes Nº 22.431 y Nº 24.901, las que instituyen un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.

Atención!!!: Las personas con discapacidad que residen en el interior del país deben realizar las consultas sobre los beneficios en los servicios de Orientación de su provincia. Dicho servicio se encuentra en el Organismo que emite el Certificado de Discapacidad. .

Utilidades que brinda el Certificado de Discapacidad:


* TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS EN FORMA GRATUITA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL DECRETOS N° 38/2004 y N° 118/06 (En trenes, subtes, colectivos de la línea 1 a la 199 y micros de larga distancia):

* Trámite relacionado con RÉGIMEN DE ASIGNACIONES FAMILIARES (salario hijo con discapacidad).

* Trámites en OBRAS SOCIALES. Ley N° 24.901, 100% de cobertura en el tratamiento de la discapacidad certificada.

* EXENCIÓN DE IMPUESTOS.

* SÍMBOLOS INTERNACIONALES DE ACCESO y EXENCIÓN DEL PAGO DE LA PATENTE :

El Símbolo Internacional de Acceso –LOGO- sirve para individualizar el vehículo que es conducido o que conduce a una persona con discapacidad, otorgándole con ello, el derecho al libre tránsito y estacionamiento (el cual se encuentra regularizado por la normativa de tránsito de cada municipio).

Este Símbolo puede ser FIJO (se adhiere al automotor), INTERNACIONAL (en caso de que el interesado realice un viaje al exterior del país) y en casos de excepción debidamente justificado, puede concederse el MOVIL (para cualquier automotor en que se desplace el beneficiario).

Asimismo, a petición del interesado, este Organismo otorga la Constancia para el Trámite de Exención de Patentes, la cual, debe ser presentada ante Rentas de su domicilio para solicitar la eximición correspondiente.

Tanto el trámite del Símbolo como el trámite de la Constancia se realizan en forma conjunta, en ningún caso podrá tramitarse SOLAMENTE la Constancia de Exención del Impuesto de Patente.


* OTROS :Es un servicio concebido en el marco de una política comunicacional, que entiende el acceso a la información como el principio fundamental que permite a las personas con discapacidad conocer, y por lo tanto, ejercer sus derechos.


¿Cómo se tramita?

1) Llamando al 0800-999-2727 o al hospital que cree que le corresponde según el tipo de discapacidad (vea el listado de seis hospitales presentado a continuación) , para confirmar el lugar, las fechas y los horarios de atención.

2) La persona con discapacidad o un tercero deberá dirigirse al hospital que corresponda; el personal administrativo del hospital le indicará los requisitos necesarios y le proveerá de una solicitud y el turno. Deberá entregar todo lo requerido para la evaluación ante la Junta Médica el día del turno (los estudios no son retenidos).

3) Para la evaluación, tiene que asistir la persona con discapacidad y, sin excepción, llevar todos los requisitos solicitados. De no tener dichos requisitos, perderá el turno y tendrá que volver a iniciar el trámite con el gasto de recursos que ello implica.

En el caso de personas que están imposibilitadas de moverse, deberá presentar Certificado de Supervivencia y certificación de que no puede ser trasladada por poner en riesgo su vida o la de terceros, debidamente firmada por el médico tratante.

Los turnos no se entregan ni telefónicamente ni por correo electrónico, SÓLO SE ENTREGAN PERSONALMENTE (persona con discapacidad o un tercero). Recomendamos constatar por teléfono los horarios de atención.

¿En dónde se gestiona?

a) En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el decreto 795/07, seis hospitales, clasificados según tipo de discapacidad, otorgan el Certificado de Discapacidad sólo para las personas domiciliadas en la ciudad.

Este dato se corrobora con el domicilio que figura en el D.N.I. o por un servicio que constate el domicilio, junto con un Certificado de Domicilio extendido por la comisaría que corresponda según su domicilio.

Listado de los seis hospitales clasificados según el tipo de discapacidad para personas domiciliadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

* Discapacidad auditiva

* Hospital de Rehabilitació n Manuel Rocca

Dirección: Segurola 1949.

Teléfonos: 4630-4700 / 4703 / 4800.

Solicite los requisitos en la Mesa de Entradas de PB.

Horario de atención: lunes a viernes de 8 a 14 horas.

* Discapacidad de patologías motoras y mixtas

* Hospital de Rehabilitació n Manuel Rocca

Dirección: Segurola 1949.

Teléfonos: 4630-4700 / 4703 / 4800.

Solicite los requisitos en la Mesa de Entradas de PB.

Horario de atención: lunes a viernes de 8 a 14 horas.

* Hospital Parmenio Piñero. Preferentemente menores de 18 años.

Dirección: Varela 1301.

Teléfonos: 4631-8601 / 8150 / 0526 / 0704.

Solicite los requisitos en Consultorios Externos.

Horarios de atención: lunes a viernes de 8 a 13 horas.

* Instituto de Rehabilitació n Psicofísica (IREP)

Dirección: Echeverría 955.

Teléfono: 4787-9346 // 4781-6071 / 72 / 73 / 74.

Solicite los requisitos en Consultorios Externos.

Horario de atención: lunes a viernes de 11 a 14 horas.

* Discapacidad mental

* Hospital Torcuato de Alvear. Preferentemente mayores de 18 años.

Dirección: Warnes 2630.

Teléfonos: 4521-5555 / 0273

Solicite los requisitos en la Biblioteca ubicada en PB.

Horario de atención: lunes a viernes de 9 a 13 horas.

* Hospital Parmenio Piñero. Preferentemente menores de 18

años.

Dirección: Varela 1301.

Teléfonos: 4631-8601 / 8150 / 0526 / 8100 / 6704 / 1486.

Solicite los requisitos en Consultorios Externos.

Horarios de atención: lunes a viernes de 8 a 13 horas.

* Discapacidad motora

* Hospital de Rehabilitació n Manuel Rocca

Dirección: Segurola 1949.

Teléfonos: 4630-4700 / 4703 / 4800.

Solicite los requisitos en la Mesa de Entradas ubicada en PB.

Horario de atención: lunes a viernes de 8 a 14 horas.

* Instituto de Rehabilitació n Psicofísica (I.R.E.P).

Dirección: Echeverría 955.

Teléfonos: 4781-6071 / 72 / 73 / 74 y 4787-9346.

Solicite los requisitos en Consultorios Externos.

Horario de atención: lunes a viernes de 11 a 14 horas.

* Discapacidad visceral

* Hospital José María Penna

Dirección: Avenida Almafuerte 406.

Teléfonos: 4911-3030 / 2762 / 0517 / 5555 interno 216.

Solicite los requisitos en Neurología, sala 4.

Horario de atención: lunes, miércoles y viernes de 10 a

12 horas y, martes y jueves de 9 a 12 horas.

* Hospital Parmenio Piñero. Preferentemente menores de 18 años.

Dirección: Varela 1301.

Teléfonos: 4631-8601 / 0526 / 8100 / 6704 / 0526 / 1486.

Solicite los requisitos en Consultorios Externos.

Horarios de atención: lunes a viernes de 8 a 13 horas.

* Discapacidad visual

* Hospital Santa Lucia

Dirección: San Juan 2021.

Teléfonos: 4941-6507 / 5555 / 8081.

Solicite los requisitos en la Mesa de Entradas ubicada en PB.

Horarios de atención: lunes a viernes de 7 a 13 horas.

b) Para las personas domiciliadas en el resto del país, el Certificado se tramita en:

Servicio Nacional de Rehabilitació n.

Dirección: Ramsay 2250.

Teléfonos: 4783-8144 / 9077 / 4354.

Horarios de atención: lunes a viernes de 8 a 16 horas.

Página Web: www.snr.gov. ar

¿Es igualmente válido el certificado emitido por un hospital de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que el emitido por el Servicio Nacional de Rehabilitació n?

Todos los Certificados de Discapacidad, otorgados tanto por el Servicio Nacional de Rehabilitació n como por los seis hospitales mencionados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los hospitales provinciales y los municipales, tienen igual validez a efectos prestacionales (Resolución 22/03).

Requisitos para obtener el Certificado de Discapacidad

1) D.N.I. / L.E. / L.C. original y legible de la persona a ser evaluada. Fotocopia de las 1º y 2º hojas y, de ser necesario, del último cambio de domicilio (no se tramita con Cédula de Identidad).

2) En caso de renovación del Certificado de Discapacidad, deberá dirigirse al hospital que corresponda y adjuntar el Certificado Original vencido.

3) Si tiene Obra Social deberá adjuntar: una fotocopia del carnet de la Obra Social del paciente, una fotocopia de las 1º y 2º hojas del D.N.I. del paciente, una fotocopia del último recibo de sueldo si el paciente trabaja; si no trabaja, de la persona que lo tenga a su cargo.

4) Según la discapacidad, tendrá que presentar diferentes certificados y estudios complementarios.

Información para tener en cuenta

* Nunca entregue el certificado original.

* Es muy útil tener una fotocopia legalizada del certificado y del DNI.

La legalización de la documentación (Certificado de Discapacidad y D.N.I.) puede hacerla con un Juez de Paz, o en la Secretaría de Transporte de Nación, o en CONADIS. Tiene que llevar el original de ambos documentos. encontrará los datos de dichas entidades.

* Si pierde el certificado de discapacidad deberá hacer la denuncia policial y dirigirse con ésta a la Junta Médica que lo emitió.

Si le ha quedado alguna duda, puede llamar gratuitamente al 0800-999-2727, donde le brindarán toda la información necesaria para orientarlo.

También puede hacerlo en el Centro de Informes, Orientación y Denuncias de COPINE, donde se asesora y se reciben reclamos por incumplimientos.

Teléfono: 4010-0300

Dirección: Cerrito 268, 9º piso.

Horario de atención: lunes a viernes de 9 a 18 horas.

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